C-395 de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Rozo Gutiérrez María Carolina·Demandado Ley 2277 De 2022
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia
- Requisitos en la carga argumentativa
- Configuración
- Incumplimiento de requisitos de especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
- Requisitos
- Incumplimiento de requisitos
- Requisitos para su configuración
- Tipología
- Inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 de la Ley 2277 de 2022, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones.
Los actores presentaron cinco cargos, pero la Corte solo admitió y estudio dos.
El primero, relacionado con la violación del principio de igualdad y equidad tributaria en su dimensión horizontal, por la distinción de trato en la sujeción pasiva del impuesto al patrimonio entre sociedades extranjeras no declarantes de renta.
El segundo, por la trasgresión de la competencia exclusiva de los municipios para gravar la propiedad inmueble, prevista en los artículos 287 y 317 de la Constitución.
Dada la ineptitud sustantiva de la demanda, la Sala Plena decidió declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo sobre los cargos analizados.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2277/22. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- ÚNICO. INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo sobre los cargos formulados por los ciudadanos Carolina Rozo Gutiérrez, Leonardo Cote Botero y Nicolás Sanabria Caicedo contra el numeral 5 del artículo 35, y contra los artículos 36 y 37 parciales de la Ley 2277 de 2022, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.