Salvamento de voto a la Sentencia C-380 04NORMA ACUSADA-Pronunciamiento de fondo e inconstitucionalidad (Salvamento de voto)PRESUNCIÓN DE CONSTITUCIONALIDAD EN LEY ORGANICA DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO (Salvamento de voto)Ref.: Expediente D-4823 Magistrado Ponente:MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSACon el debido respeto por las decisiones de la Corte Constitucional, el suscrito magistrado salva el voto, por las siguientes razones:1. En relación con el numeral primero de la parte resolutiva de la sentencia aclaro el voto, porque vote negativamente lo que se declaro exequible en la sentencia C-305 de 2004.2. En cuanto al numeral segundo de la parte ro que la Corte debió pronunciarse de fondo y declarar inconstitucional las normas demandadas.3. En cuanto al numeral tercero de la parte resolutiva de la sentencia, aclaro que los artículos 20 y 21 de la ley 152 de 1994 gozan de la presunción de inconstitucionalidad.Feha ut supra.JAIME ARAUJO RENTERIAMagistrado
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Comision Interparlamentaria De Credito Publico En Materia Del Plan Nacional De Dearrollo. Informe No Es Necesario Para Trámite De La Ley
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado