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C-377/08
Salvamento de votoSentencia de Constitucionalidad C-377/0823 de abril de 2008

Salvamento de voto

MagistradoJaime Araujo Rentería

Tema de la sentencia: Ley Del Plan Nacional De Desarrollo. Establecimiento De Manual De Tarifas Mínimas De Servicios Del Pos Por El Gobierno

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

SALVAMENTO DE VOTO A LA SENTENCIA C-377 DE 2008 DEL MAGISTRADO JAIME ARAUJO RENTERIAPRINCIPIO DE UNIDAD DE MATERIA-Se viola por la norma carecer de conexidad con los propósitos, metas y programas del Plan Nacional de Desarrollo (Salvamento de voto)NORMA DE INTERVENCION ECONOMICA-Requiere señalamiento en ley específica (Salvamento de voto)Referencia: Expediente D-6945 Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 146 de la Ley 1151 de 2007, por la cual se expide el plan nacional de desarrollo 2006-2010.Magistrado Ponente:CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZCon el respeto acostumbrado por las decisiones mayoritarias de esta Corte, me permito manifestar mi discrepancia frente a la decisión adoptada en esta providencia, ya que considero, en primer término, que el artículo 146 de la Ley 1151 de 2007 no supera los cargos presentados en la demanda relativos a la violación del principio de unidad de materia, ya que esta norma carece de conexidad temática directa, inmediata y específica con los propósitos, metas y programas del Plan Nacional de Desarrollo. Así mismo, el suscrito magistrado considera que por ser el artículo 146 de la Ley 1151 de 2007 una norma de intervención económica, requería del señalamiento en una ley expedida de conformidad con el numeral 21 del artículo 150 de la Constitución Política, de los lineamientos, criterios y parámetros básicos de intervención. Por consiguiente, a mi juicio la norma acusada ha debido ser declarada inexequible por esta Corporación. Con fundamento en lo anterior, salvo mi voto a la presente sentencia.Fecha ut supra.JAIME ARAÚJO RENTERÍAMagistrado