salvamento de voto del magistrado Jaime Araújo Rentería. Sentencias C-644 de 2017, C-274 de 2013, C-943 de 2012 y C-196 de 2012. Se pueden consultar las Sentencias C-187 y C-027 de 2011, C-941, C-915 y C-608 de 2010, C-615 de 2009, C-461 de 2008, C-245 de 2004 y C-891 de 2002. Sentencias C-371 de 2014, C-196 de 2012 y C-461 de 2008. Sentencias C-187 de 2011, y C-751 y C-461 de 2008. De igual forma, en la C-317 de 2012, la Corte concluyó que «el Acto Legislativo 05 de 2011, al no incorporar en sí mismo ninguna medida susceptible de afectar directa y específicamente a los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes del país, no debía ser obligatoriamente materia de consulta previa –lo que sí ocurrirá con la ley de desarrollo del sistema de regalías a la que alude el inciso 2 del nuevo artículo 360 de la Constitución, tras la reforma introducida por el Acto Legislativo que se revisa–». En relación con el objetivo del Convenio, en la Sentencia se concluye: «la Convención pretende crear un marco jurídico beneficioso para todos los Estados parte que regule la creación, producción, distribución, difusión, acceso y disfrute de una amplia gama de expresiones culturales de orígenes diversos, preservando el derecho de los países a establecer sus políticas culturales». Con
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Gestión Integral De Páramos. Programas De Sustitución Y Reconversión De Actividades Agropecuarias De Alto Impacto En Áreas De Páramos.
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado