ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADOGABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELOA LA SENTENCIA C-238 12Magistrado Ponente: Gabriel Eduardo Mendoza MarteloCon el respeto acostumbrado, asumo pertinente manifestar que comparto las decisiones de la Corte en lo relacionado con la asimilación de las parejas homosexuales a las heterosexuales, para efectos de beneficiarse de derechos patrimoniales y referentes a la seguridad social, por ende, estoy de acuerdo con lo que la corporación resuelve en ese sentido.Sin embargo, estimo necesario aclarar mi voto, habida cuenta que en un pronunciamiento anterior, es decir en la sentencia C-283 de 2011, a través de la cual, la Corte se refirió reconocimiento de la porción conyugal al compañero o compañera permanente que sobreviva a la pareja de otro o del mismo sexo, me aparté de lo decidido en dicho fallo, pues consideré que en esa ocasión, el demandante no realizó una integración normativa que incluyera todas las normas que regulan el régimen sucesoral, por el contrario, se limitó a formular cargos en relación con normas que solo son parte aislada de la amplia regulación existente, en desconocimiento de los precedentes de la corporación sobre la integración normativa, motivo por el cual estimé que la decisión ha debido ser inhibitoria.Fecha ut supra,GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELOMagistrado
Aclaración de voto
MagistradoGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Tema de la sentencia: Vocacion Sucesoral De Conyuge-Debe Extenderse Al Compañero O Compañera Permanente De Otro Sexo O Del Mismo Sexo, Para Subsanar Una Omisión Legislativa Relativa
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado