C-227 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Alejandra Azuero Quijano Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1021 de 2006 articulos 2, 13, 18, 25, 27 y 28 (parciales) y 14.
Se expide la ley general forestal.
Principios y normas generales que rigen el regimen forestal nacional.
Areas de reserva forestal.
Bosque natural.
Tramites y procedimientos frente a la calificacion de las solicitudes y el otorgamiento de cualquier clase de derecho de aprovechamiento forestal en bosques naturales.
Caminos o carreteables forestales.
Plan de establecimiento y manejo forestal.
Libre aprovechamiento y movilizacion. <br>sostienen los demandantes que las disposiciones acusadas transgreden los articulos 8, 49, 58, 79, 80 y 334 de la carta politica.<br>cosa juzgada constitucional.<br>advierte la corporacion que en relacion con las disposiciones demandadas de la ley 1021 de 2006, ha operado la cosa juzgada constitucional, toda vez que en la sentencia c-030 de 2008 se declaro inexequible en su integridad ese ordenamiento legal, por haberse omitido en su expedicion el requisito de la consulta a las comunidades interesadas, para el caso los pueblos indigenas y tribales, según estatuye el convenio 169 de la oit (1989), particularmente en su articulo 6º.<br>estarse a lo resuelto en la sentencia c-030 de 2008, mediante la cual se declaro inexequible la ley 1021 de 2006.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1021/06. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-030 de enero 23 de 2008, mediante la cual se declaro inexequible la Ley 1021 de 2006, "por la cual se expide la Ley General Forestal".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.