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C-190/06
Aclaración de votoSentencia de Constitucionalidad C-190/0615 de marzo de 2006

Aclaración de voto

MagistradoHumberto Antonio Sierra Porto

Tema de la sentencia: Captura Excepcional Por Fiscalia General De La Nacion. No Aplicación Hasta Tanto Legislador No La Regule

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACION DE VOTO DEL MAGISTRADO HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO A LA SENTENCIA C-190 DE 2006CAPTURA SIN ORDEN JUDICIAL POR FISCALIA GENERAL DE LA NACION-Suficientemente regulada y referida a casos concretos (Aclaración de voto)En la parte resolutiva de este fallo la Sala Plena decidió estarse a lo resuelto en la sentencia C-730 de 2005 y ala C-1001 de 2005 por medio de la cual se declaró la inexequibilidad del artículo 2° parcial de la Ley 906 de 2004 y del artículo 300 de la misma ley, respectivamente. Considero entonces necesario aclarar mi voto en lo que se refiere a que estos artículos debieron ser interpretados armónicamente, y a partir de ello determinar que la facultad de la Fiscalía para capturar sin orden previa del juez de garantías, estaba suficientemente regulada y referida a unos casos concretos. Luego las razones que esgrimió la Corte para su inconstitucionalidad, carecerían de fundamento. Sobre este tema en concreto me remito a lo expuesto en el