ACLARACIÓN DE VOTO A LA SENTENCIA C-190 DE 2006Magistrado Ponente: Dr. JAIME ARAUJO RENTERÍAReferencia: expediente D-5832Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 2° inciso 3°, 297 parágrafo y 300 de la Ley 906 de 2004.Con el acostumbrado respeto, me permito aclarar el sentido de mi voto con el fin de manifestar que voté de manera concurrente con la Sala, en la medida que existe cosa juzgada constitucional sobre las expresiones acusadas del artículo 2 y el artículo 300 de la Ley 906 de 2004, debiendo estarse a lo resuelto en las Sentencias C-730 de 2005 y C-1001 de 2005.No obstante lo anterior, mantengo la posición que expresé en el salvamento y aclaración de voto a las sentencias C-730 de 2005 y C-1001 de 2005, respectivamente, por lo cual me remito integralmente a los argumentos enunciados en ese momento. Fecha ut Supra, RODRIGO ESCOBAR GILMagistrado ---pies de página--- M.P. Alvaro Tafur Gálvis. M.P. Alvaro Tafur Gálvis. M.P: Alvaro Tafur Galvis. M.P: Alvaro Tafur Galvis.
Aclaración de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Captura Excepcional Por Fiscalia General De La Nacion. No Aplicación Hasta Tanto Legislador No La Regule
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado