ACLARACION DE VOTO A LA SENTENCIA C-155 DE 2007 DEL MAGISTRADO JAIME ARAUJO RENTERIAReferencia: expedientes D-6422, D-6423, D-6424, D-6425 y D-6434, acumulados.Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 7º (parcial) de la Ley 963 de 2005, “Por la cual se instaura una ley de estabilidad jurídica para los inversionistas en Colombia”.Magistrado Ponente:Dr. ALVARO TAFUR GALVISCon el debido respeto por las decisiones de esta Corporación, me permito aclarar mi voto a la presente sentencia, para lo cual me remito a los argumentos expuestos en mi aclaración de voto a la sentencia C-961 de 2006 Expediente D-6304 M.P. Rodrigo Escobar Gil y en la que también se demandó la norma que ahora es materia de enjuiciamiento.En razón a lo expuesto, aclaro mi voto a la presente decisión.Fecha ut supra,JAIME ARAÚJO RENTERÍAMagistrado
Aclaración de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Tribunal De Arbitramento En Contrato De Estabilidad Juridica. No Vulneración De Derechos Adquiridos En Relación Con Normas Anteriores Que Permiten Acudir Al Arbitramento Internacional Y Escoger La Ley Aplicable Para La Solución Del Conflicto
✓
Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado