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C-153/22
Salvamento parcial de votoSentencia de Constitucionalidad C-153/225 de mayo de 2022

Salvamento parcial de voto

MagistradoCristina Pardo Schlesinger

Tema de la sentencia: Presupuesto Vigencia Fiscal 2022. Modificación Parcial Del Artículo 38 De La Ley 996 De 2005 (Garantías Electorales). Autoriza A La Nación Para Celebrar Convenios Interadministrativos Con Las Entidades Territoriales, Como Medida De Reactivación Económica Y Generación De Empleo Durante La Vigencia Fiscal De 2022.

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

SALVAMENTO PARCIAL DE VOTO DE LA MAGISTRADA CRISTINA PARDO SCHLESINGER A LA SENTENCIA C-153/22

LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES-Alcance de la prohibición de celebrar convenios interadministrativos (Salvamento parcial de voto)

Referencia: Expediente D-14.522 (AC) Asunto: Demandas contra el artículo 124 de la Ley 2159 de 2021, "[p]or la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2022".

Demandantes: Roy Leonardo Barreras Montealegre (D-14522) y otros.

Magistrada Ponente: DIANA FAJARDO RIVERA

Con el acostumbrado respeto a las decisiones adoptadas por la Sala Plena de esta Corporación, presento salvamento parcial a la decisión mayoritaria de la sentencia C-153 de 2022, respecto de la orden de liquidación y terminación de los contratos estatales financiados con fundamento en convenios interadministrativos suscritos al amparo del artículo 124 de la Ley 2159 de 2001. Lo anterior, por cuanto a mi juicio la contratación estatal, salvo la directa, no está prohibida por la Ley de Garantías en los periodos electorales y los contratos administrativos así suscritos fueron perfeccionados al amparo de la presunción de constitucionalidad de la norma acá declarada inexequible. Así, la orden de terminación y liquidación resulta excesiva, pudiéndose haber ordenado solamente su suspensión, a fin de precaver las drásticas consecuencias fiscales adversas a los fiscos territoriales y a contratistas de buena fe que esta decisión implica.

En los anteriores términos presento salvamento parcial de voto de la decisión de la sentencia C-153 de 2022.

Fecha ut supra,

CRISTINA PARDO SCHLESINGER Magistrada

ACLARACIÓN Y