SALVAMENTO PARCIAL DE VOTO DE LA MAGISTRADA CRISTINA PARDO SCHLESINGER A LA SENTENCIA C-153/22
LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES-Alcance de la prohibición de celebrar convenios interadministrativos (Salvamento parcial de voto)
Referencia: Expediente D-14.522 (AC) Asunto: Demandas contra el artículo 124 de la Ley 2159 de 2021, "[p]or la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2022".
Demandantes: Roy Leonardo Barreras Montealegre (D-14522) y otros.
Magistrada Ponente: DIANA FAJARDO RIVERA
Con el acostumbrado respeto a las decisiones adoptadas por la Sala Plena de esta Corporación, presento salvamento parcial a la decisión mayoritaria de la sentencia C-153 de 2022, respecto de la orden de liquidación y terminación de los contratos estatales financiados con fundamento en convenios interadministrativos suscritos al amparo del artículo 124 de la Ley 2159 de 2001. Lo anterior, por cuanto a mi juicio la contratación estatal, salvo la directa, no está prohibida por la Ley de Garantías en los periodos electorales y los contratos administrativos así suscritos fueron perfeccionados al amparo de la presunción de constitucionalidad de la norma acá declarada inexequible. Así, la orden de terminación y liquidación resulta excesiva, pudiéndose haber ordenado solamente su suspensión, a fin de precaver las drásticas consecuencias fiscales adversas a los fiscos territoriales y a contratistas de buena fe que esta decisión implica.
En los anteriores términos presento salvamento parcial de voto de la decisión de la sentencia C-153 de 2022.
Fecha ut supra,
CRISTINA PARDO SCHLESINGER Magistrada
ACLARACIÓN Y