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C-1260/05
Aclaración parcial de votoSentencia de Constitucionalidad C-1260/055 de diciembre de 2005

Aclaración parcial de voto

MagistradoAlfredo Beltrán Sierra

Tema de la sentencia: Libertad Inmediata En Proceso Ante Juez Penal De Circuito Especializado. Inconstitucionalidad Del Requisito De Sentencia En Firme

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACIÓN PARCIAL DE VOTO DEL MAGISTRADO ALFREDO BELTRÁN SIERRA, EN RELACIÓN CON LA SENTENCIA C-1260 DE 5 DE DICIEMBRE DE 2005. (Expediente D-5731).RESERVA DE IDENTIDAD DE INFORMANTE EN PROCESO PENAL-Alcance (Aclaración parcial de voto)Con el respeto acostumbrado por las decisiones de la Corte Constitucional, me veo precisado a aclarar el voto en cuanto hace referencia al alcance de la exequibilidad del inciso segundo del artículo 221 de la Ley 906 de 2004. En efecto, en la Sentencia C-1260 de 2005 se dispuso en el numeral 7º estar a lo resuelto en la Sentencia C-673 de 2005. Como allí se afirma, existe cosa juzgada. Sin embargo, a mi juicio si bien es verdad que en la Sentencia C-673 se condicionó el artículo 221, inciso segundo del actual Código de Procedimiento Penal para declararlo exequible “en el entendido de que la reserva de datos del informante no vincula al juez de control de garantías”, ello significa, adicionalmente, que en la audiencia ante el juez de control de garantías, no puede privarse a los sujetos procesales y muy especialmente al sindicado de conocer la identidad del informante, de interrogarlo y contra interrogarlo por cuanto se trata, simplemente, de un testigo y en consecuencia su declaración se encuentra sometida a la publicidad y a la contradicción de la prueba conforme al artículo 29 de la Carta Política, precisión que debería haberse incluido en la parte motiva de la sentencia a la cual se refiere esta aclaración de voto.Fecha ut supra.ALFREDO BELTRÁN SIERRAMagistrado SALVAMENTO Y