salvamento de voto de los magistrados Jaime Araujo Rentería, Alfredo Beltrán Sierra y Clara Inés Vargas Hernández a la sentencia C-971 de 2004, que a continuación se transcriben: “Reiteramos que, a nuestro juicio el principio democrático y los valores protegidos por la Constitución Política se encuentran inmersos en la filosofía de la Carta Política Colombiana, razón por la cual despojar al Congreso de la potestad de dictar una Ley Estatutaria en materias electorales tan delicadas como las señaladas en el artículo 109 de la Constitución, deja sin ningún vigor la reserva de ley que, por su trascendencia, estableció para ese efecto el constituyente de 1991, entre otras cosas por cuanto a la democracia son indispensables la libertad y las garantías de igualdad y transparencia en los procesos electorales para conformar los órganos de elección popular”. Ignacio de Otto. Derecho constitucional, sistema de fuentes, Ariel S. A., Barcelona, 1999, p.
17.
V. Teoría de la Constitución, Madrid, Editorial Revista de Derecho Privado, 1934, p. 23 y s.s. Ignacio de Otto. Teoría Constitucional Principios Estructurales. Departamento de Derecho Político de la Universidad de Oviedo. 1984. p. 117 copia mimeo. constantino mortati. La Constitución en sentido material, Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 2000. Precisamente la relación entre la teoría de los vicios de competencia y el concepto material de Constitución es posible apreciarla en el