ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADO ALEXEI JULIO ESTRADA A LA SENTENCIA C-101 13DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA EXPRESION PROCURADOR JUDICIAL CONTENIDA EN EL ARTICULO 182 DEL DECRETO 262 2000-Acusación debió ser examinada en relación con el cargo de vulneración del artículo 125 de la Constitución Política (Aclaración de voto)Referencia: Expediente D-9217Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 182 del Decreto Ley 262 de 2000. Demandante: Juan Evangelista Soler ReyesMagistrado Ponente MAURICIO GONZÁLEZ CUERVOSi bien comparto la decisión adoptada, considero necesario aclarar mi voto pues a mi juicio la disposición acusada debía ser examinada en relación con el cargo de vulneración del artículo 125 constitucional, el cual no había sido examinado en la sentencia C-146 de 2001, razón por la cual respecto de esa acusación no se había configurado el fenómeno de cosa juzgada. Fecha ut supra, ALEXEI JULIO ESTRADAMagistrado
Aclaración de voto
MagistradoAlexei Egor Julio Estrada
Tema de la sentencia: Regimen De Carrera Administrativa De La Procuraduria General De La Nacion-Cargo De Procurador Judicial Contenido En La Norma Acusada, No Puede Ser Clasificado Como De Libre Nombramiento Y Remoción
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado