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C-039/25
Aclaración de votoSentencia de Constitucionalidad C-039/255 de febrero de 2025

Aclaración de voto

MagistradoDiana Constanza Fajardo Rivera

Tema de la sentencia: Normas Que Reconocen Efectos Jurídicos A Los Matrimonios Y Uniones Maritales De Hecho Con O Entre Personas Menores De 18 Años Desconocen El Bloque De Constitucionalidad. Edad Mínima Para Contraer Matrimonio O Conformar Una Unión Marital Es De 18 Años.

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACIÓN DE VOTO DE LA MAGISTRADA DIANA FAJARDO RIVERA A LA SENTENCIA C-039/25 Referencia: Expediente D-15912 Asunto: Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 117, 124 y 140 (parcial) del Código Civil; y del artículo 53 (parcial) de la Ley 1306 de 2009 "[p]or la cual se dictan normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental y se establece el Régimen de la Representación Legal de Incapaces Emancipados". Magistrada ponente: Cristina Pardo Schlesinger

1. Con el respeto acostumbrado por las decisiones de la Corte Constitucional, presento las razones de mi