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C-016/04
Aclaración de votoSentencia de Constitucionalidad C-016/0420 de enero de 2004

Aclaración de voto

MagistradoJaime Araujo Rentería

Tema de la sentencia: Derecho A La Igualdad En Inasistencia Alimentaria. No Discriminación Por Origen Del Vínculo Familiar

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

Aclaración de voto a la Sentencia C-016 04DERECHO A LA IGUALDAD EN LA FAMILIA-Regulación diferente INASISTENCIA ALIMENTARIA-No siempre tiene que ser delito (Aclaración de voto)REF.: Expediente D - 4667Magistrado Ponente:ALVARO TAFUR GALVISCon el respeto acostumbrado por las decisiones de esta Corporación, el suscrito Magistrado aclara el voto como lo exprese en la Sala Plena, en relación con el numeral segundo de la parte resolutiva. El tema de la igualdad se plantea porque el legislador penalizó una conducta en una forma de familia y dejo sin penalizar la misma conducta en otra forma de familia: Esto es, en la unión marital de hecho.Sin embargo, el tema de la igualdad puede ser regulado de distintas maneras: a) Como propone la Corte, penalizando también la inasistencia alimentaria en la unión marital de hecho, o b) También podría despenalizarse la conducta en ambos tipos de familia y esto sería posible con fundamento en la capacidad de configuración del legislador que le permite despenalizar conductas. No es cierto entonces, que la inasistencia alimentaria tenga siempre que ser delito.Fecha ut supra.JAIME ARAUJO RENTERIAMagistrado