Micelio
Auto30 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante De Oficio Procesado Portela Espitia Oscar Ivan·Demandado Portela Espitia Oscar Ivan

Tema · dato duro
Ausencia De Los Factores Territorial, Objetivo E Institucional-Delitos De Actos Sexuales En Menor De 14 Años, Acceso Carnal Violento Y Acceso Carnal Abusivo Con Menor De 14 Años.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto positivo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Sexto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Ibagué y la Jurisdicción Especial Indígena de la Comunidad Doyare Porvenir de Coyaima, Tolima.

Existe una controversia entre las autoridades en mención, con respecto a la competencia para conocer de la investigación e imputación penal adelantada contra un ciudadano por la presunta comisión de los delitos de actos sexuales con menor de 14 años, acceso carnal violento y acceso carnal abusivo con menor de 14 años, todos agravados por la causal del numeral 5º del artículo 211 del Código Penal y en modalidad dolosa, en contra de una menor de edad.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte ponderó los factores que son relevantes para analizar la remisión de un asunto a la jurisdicción especial indígena, concluyendo que en el caso bajo análisis no se verifica el elemento territorial ni se acreditan los factores objetivo e institucional.

Así, el análisis conjunto y ponderado de los factores descritos, le permite a la Sala Plena de la Corte Constitucional concluir que el presente asunto debe ser tramitado por la jurisdicción ordinaria en su especialidad penal, aunque se acredite el elemento personal del fuero.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Sexto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Ibagué para lo de su competencia y para que comunique la decisión a la Jurisdicción Especial Indígena de la Comunidad Doyare Porvenir de Coyaima (Tolima) y a los sujetos procesales interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto positivo de jurisdicción entre el Juzgado
  2. Sexto. Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Ibagué y la Jurisdicción Especial Indígena de la Comunidad Doyare Porvenir de Coyaima, Tolima, en el sentido de DECLARAR que la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Penal es la competente para conocer de la investigación adelantada contra "Esteban" por los delitos de "actos sexuales con menor de 14 años (...) en concurso homogéneo y sucesivo, (...) y en concurso heterogéneo con los delitos de acceso carnal violento (...) y acceso carnal abusivo con menor de 14 años"143, todos agravados por la causal del numeral 5º del artículo 211 del Código Penal y en modalidad dolosa, en contra de la menor de edad "Valentina".
  3. SEGUNDO. A través de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1841 al Juzgado
  4. Sexto. Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Ibagué para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Jurisdicción Especial Indígena de la Comunidad Doyare Porvenir de Coyaima (Tolima) y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por8
T-379/24Tutela Contra Decisiones De La Justicia Indígena-Vulneración Del Debido Proceso En Su Faceta De Juez Natural (Defecto Orgánico). Irregularidad En El Derecho A La Defensa (Defecto Materia) Delito De Desaparición Forzada.A. 955/24Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se SatisfacenA. 722/24Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia Se Encuentran SatisfechosA. 1963/24Incumplimiento Del Factor Institucional-La Comunidad Indígena No Acreditó Que Cuente Con Mecanismos Para Garantizar Los Derechos De Los Niños, Niñas Y Adolescentes, Que Presuntamente Han Sido Víctimas De Violencia Sexual.A. 1790/24Incumplimiento Del Factor Institucional-El Factor Objetivo No Es Determinante Dado Que La Conducta Imputada Afecta Intereses Tanto De La Sociedad Mayoritaria Como De La Comunidad Indígena-Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia De Un Sistema De Protección A La Víctima Y Al Infractor.A. 1452/24Incumplimiento De Los Factores Institucional Y Objetivo-Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes Como Límite A La Autonomía Jurisdiccional De Las Comunidades Indígenas- Acceso Carnal Como Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria.
Ver las 8

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.