Micelio
Auto15 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Leonardo Tellez Lozano

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Admisión parcial por cuanto el cargo acreditaba los presupuestos de certeza, especificidad y suficiencia
  • Finalidad
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el actor se limitó a reorganizar sus argumentos, sin subsanar las deficiencias señaladas en la providencia de inadmisión.

Luego de concluir que uno de los cargos propuestos por el actor sí reunió los requisitos del concepto de violación, la Sala Plena de la Corporación decidió confirmar parcialmente el auto cuestionado y REVOCARLO PARCIALMETE y, en este sentido, disponer la admisión del cargo por la infracción de los artículos 150-7 y 154 Superiores que establecen la exigencia de la iniciativa gubernamental para las normas que determinen la estructura de la administración nacional, por cuanto el recurso de súplica puso en evidencia que no fue analizado en la inadmisión y el auto de rechazo omitió la jurisprudencia constitucional sobre los supuestos en los que es exigible dicho aval gubernamental, con lo cual el cargo acreditaba los presupuestos de certeza, especificidad y suficiencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE el Auto del 13 de mayo de 2022, proferido por la Magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, en cuanto rechazó los cargos por violación de la atribución excepcional de funciones jurisdiccionales a autoridades administrativas, separación de poderes y autonomía judicial y del principio de racionalidad mínima en la actividad legislativa, en la demanda presentada por el ciudadano Leonardo Téllez Lozano contra el parágrafo del artículo 42 de la Ley 599 de 2000, introducido por el artículo 6° de la Ley 2197 de 2022 "por medio de la cual se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones".
  2. SEGUNDO. REVOCAR PARCIALMENTE el Auto del 13 de mayo de 2022, proferido por la Magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera. En consecuencia, disponer la admisión del cargo por violación del procedimiento legislativo por infracción de los artículos 150.7 y 154 de la Constitución en la demanda presentada por el ciudadano Leonardo Téllez Lozano contra el parágrafo del artículo 42 de la Ley 599 de 2000 introducido por el artículo 6° de la Ley 2197 de 2022 "por medio de la cual se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones".
  3. TERCERO. A través de la Secretaría General de la Corte, COMUNICAR el contenido de esta decisión al recurrente, indicándole que contra esta providencia no procede recurso alguno.
  4. Notifíquese y cúmplase.
  5. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  6. Presidenta
  7. NATALIA ANGEL CABO
  8. Magistrada
  9. DIANA FAJARDO RIVERA
  10. Magistrada
  11. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  12. Magistrado
  13. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  14. Magistrado
  15. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  16. Magistrado
  17. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  18. Magistrada
  19. No participa
  20. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  21. Magistrada
  22. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.