A- de 2021
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Kellyn Catalan Perez·Demandado Institucion Educativa Colegio Britanico Internacional
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se decreta la práctica de pruebas y se dispone que, una vez se alleguen éstas, se dejen a disposición de las partes y/o de los terceros con interés legítimo, para que puedan emitir un pronunciamiento en caso de estimarlo necesario y se garantice el derecho de contradicción.
Igualmente, dispuso la suspensión de términos para decidir por un período de un mes, contado a partir del vencimiento del traslado probatorio.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- Primero. SOLICITAR al Colegio Britanico Internacional atender, en el termino de cinco (5) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta providencia, lo siguiente:
- i. Informar el numero de docentes contratados durante los periodos lectivos 2019-2020 y 2020-2021. La institucion debera precisar: (i) el nombre de cada docente, (ii) el area para el cual fue contratado, (iii) indicar en que area(s) laboro y (iv) el numero de estudiantes que la persona tuvo a cargo por cada grupo.
- ii. Como fue repartida la carga academica de los docentes asignados al area de religion en los periodos lectivos 2019-2020 y 2020-2021.
- iii. Referir cuales fueron las razones para vincular al area de religion a la docente de "Social Behaviour", en lugar de contar con los servicios de los docentes de religion que habian estado previamente vinculados con la institucion.
- Segundo. SOLICITAR a Joheni Kellyn Catalan Perez responder, en el termino de cinco (5) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta providencia, lo siguiente:
- i. ?Cual es su situacion laboral actual?
- ii. En relacion con el contrato como docente catedratica en la Universidad Autonoma del Caribe: ?Cual fue la fecha de suscripcion? ?Es de naturaleza civil o laboral? ?A termino indefinido o definido? ?Cual es el monto del salario u honorarios que recibe por su labor? ?El contrato fue renovado?
- Tercero. Las respuestas que atiendan los anteriores requerimientos deberan ser allegadas con destino al expediente T-8.195.453 o a los correos electronicos secretaria2@corteconstitucional.gov.co y despacho05@corteconstitucional.gov.co
- Cuarto. SOLICITAR a la Secretaria General de la Corte Constitucional que, vencido el termino para allegar las pruebas requeridas en el presente auto, ponga a disposicion de las partes o terceros con interes, la totalidad de los documentos allegados con ocasion de la presente solicitud de cumplimiento por un termino no mayor a tres (3) dias para que se pronuncien sobre las mismas. Lo anterior de conformidad con el articulo 64 del Acuerdo 02 de 2015 de la Corte Constitucional.
- Quinto. DECRETAR la SUSPENSION de terminos en el expediente de la referencia, por el termino de un (1) mes contado a partir del vencimiento del traslado probatorio. Esto, de conformidad con las razones expuestas en esta decision.
- Sexto. Proceda la Secretaria General de esta Corporacion a librar las comunicaciones correspondientes de conformidad a lo atras expuesto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.