Micelio
Auto6 de octubre de 2021

A- de 2021

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Natalia Bernal Cano Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

olicitudes de nulidad presentadas por varios ciudadanos, frente a algunos autos de trámite adoptadas en la resolución del expediente D-13956 y frente a los Autos 403/20 y 039/21.

Luego de constatar que las peticiones de nulidad presentadas por Óscar Urbina Ortega, Natalia Bernal Cano y Harold Eduardo Sua Montaña resultan manifiestamente improcedentes, la Corte decidió RECHAZARLAS.

Así mismo decidió RECHAZAR, por manifiestamente improcedente, el desistimiento presentado en el proceso D-13956 por la ciudadana Natalia Bernal Cano.

Se NIEGAN las solicitudes de suspensión del precitado proceso, planteadas por los ciudadanos Natalia Bernal Cano y Harold Sua Montaña y, se conmina a éste último para que en lo sucesivo se abstenga de formular peticiones manifiestamente improcedentes.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR, por manifiestamente improcedentes, las solicitudes de nulidad presentadas por Oscar Urbina Ortega, Natalia Bernal Cano y Harold Eduardo Sua Montana en contra del auto de 19 de octubre de 2020 y 12 de noviembre de 2020, el Auto 039 del 4 de febrero y los autos del 8 de abril y 21 de abril de 2021, proferidos dentro del proceso D-13956.
  2. Segundo. RECHAZAR, por manifiestamente improcedente, el desistimiento presentado el 19 de febrero de 2021 en el proceso D-13956.
  3. Tercero. NEGAR las solicitudes de suspension del proceso D-13956 planteadas por los ciudadanos Natalia Bernal Cano y Harold Sua Montana, con fundamento en las razones senaladas en esta providencia.
  4. Cuarto. CONMINAR al ciudadano Harold Eduardo Sua Montana para que en lo sucesivo se abstenga de formular peticiones manifiestamente improcedentes.
  5. Quinto. ADVERTIR a los peticionarios que contra esta providencia no proceden recursos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.