Micelio
Auto2 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Jorge Kenneth Burbano Villamarin Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recursos de súplica.

En este caso dos demandas fueron rechazadas.

Una, porque el escrito de corrección no logró desvirtuar la configuración del fenómeno de la cosa juzgada y, la otra, porque no fueron subsanadas las deficiencias advertidas en el auto de inadmisión.

La Sala Plena de la Corporación decidió respecto a un recurso RECHAZARLO por improcedente y, frente al otro, confirmar el proveído cuestionado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (23 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR por improcedente el recurso de súplica presentado por los ciudadanos Laura Juliana Ramírez Morales, Patricia Elena Lopera Arango y Gonzalo Molano Salcedo, dentro del expediente D-14754, contra el auto del 10 de mayo de 2022 que rechazó la demanda de inconstitucionalidad formulada en contra de la expresión "pacífica" contenida en el artículo 13 de la Ley 2197 de 2022.
  2. Segundo. CONFIRMAR el auto del 10 de mayo de 2022, por medio del cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por Jorge Kenneth Burbano Villamarín, Oscar Andrés López Cortés, Camila Alejandra Rozo Ladino, David Andrés Murillo Cruz y Javier Enrique Santander Díaz dentro del expediente D-14752, en relación con los cargos en contra del artículo 40 de la Ley 2197 de 2022.
  3. Tercero. COMUNICAR, a través de la Secretaría General de la Corte, el contenido de esta decisión a los demandantes, indicándoles que contra esta no procede recurso alguno.
  4. Notifíquese y cúmplase,
  5. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  6. Presidenta
  7. NATALIA ÁNGEL CABO
  8. Magistrada
  9. DIANA FAJARDO RIVERA
  10. Magistrada
  11. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  12. Magistrado
  13. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  14. Magistrado
  15. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  16. Magistrado
  17. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  18. Magistrada
  19. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  20. Magistrada
  21. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  22. Magistrado
  23. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.