Micelio
Auto1 de octubre de 2021

A- de 2021

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Tema · dato duro
Inexistencia Del Conflicto-Ausencia Del Elemento Funcional En La Justicia Militar-Investigación Contra Agentes De La Policía Nacional. Cohecho Propio Y Favorecimiento De La Fuga.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Justicia Ordinaria
  • Competencia para conocer aquellos procesos en los que exista duda sobre el vínculo directo entre la actividad del servicio y el delito cometido por miembros de la fuerza pública
Fuero Penal Militar
  • Alcance
  • Jurisprudencia constitucional
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Ciento Sesenta y Tres de Instrucción Penal Militar de Antioquia y el Juzgado Primero Penal del Circuito de Rionegro (Antioquia).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en investigación penal iniciada en contra de integrantes de la Policía Nacional por el presunto delito de favorecimiento de una fuga en modalidad culposa.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que es el Juzgado Primero Penal del Circuito de Rionegro es la autoridad competente para conocer de la referida investigación.

Se ordena remitir el expediente a este despacho para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los sujetos procesales interesados en este trámite.

La regla de decisión que se aplicó en este caso es que corresponde a la jurisdicción penal ordinaria el conocimiento de la investigación penal adelantada contra miembros de la Fuerza Pública que presuntamente, como contraprestación por la entrega de una suma de dinero, habrían permitido la fuga de una persona cobijada con medida de aseguramiento que se encuentra bajo su custodia en un centro de detención transitorio.

Lo anterior porque las actuaciones descritas contradicen abiertamente las funciones encomendadas a los integrantes de la Policía Nacional y, pese a que tuvieron origen en una actividad lícita de la institución policial, tuvieron resultados completamente opuestos a la finalidad que la Constitución le asigna y, por consiguiente, no se cumple el elemento funcional como requisito para activar el fuero penal militar en los términos del Artículo 221 Superior.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto positivo de jurisdiccion entre el Juzgado 163 de Instruccion Penal Militar de Antioquia y el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Rionegro, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito de Rionegro es la autoridad competente para conocer de la investigacion adelantada contra el Patrullero Wilson Alexander Aguirre Correa y del Auxiliar de Policia Jhon Alexander Rua Tobon por los delitos de favorecimiento de la fuga y cohecho propio.
  4. Segundo. A traves de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-636 al Juzgado
  5. Primero. Penal del Circuito de Rionegro para lo de su competencia y para que comunique la presente decision Juzgado Ciento Sesenta y Tres (163) de Instruccion Penal Militar de Antioquia y a los sujetos procesales interesados en este tramite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.