Micelio
Auto22 de abril de 2024

A- de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Marie, En Nombre Propio Y En Representación De Su Hijo Louis·Demandado Ministerio De Relaciones Exteriores

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Medidas Provisionales Para Proteger Un Derecho
  • Orden a la Unidad Administrativa Especial Migración de expedir un salvoconducto en favor de la accionante para garantizar su permanencia regular en el territorio nacional hasta tanto la Corte Constitucional falle de fondo el proceso
Medidas Provisionales
  • Procedencia según Decreto 2591/91 artículo 7
  • Deben ser razonadas, sopesadas y proporcionadas a la situación planteada
Corte Constitucional
  • Facultad de adoptar de oficio medidas provisionales
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se adoptan unas medidas provisionales y, en consecuencia, se ordena a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia abstenerse de iniciar o adelantar cualquier procedimiento tendiente a la deportación o expulsión de la accionante, hasta tanto la Corte se pronuncie de fondo en el trámite de revisión de la tutela.

Así mismo, se le ordena expedir un salvoconducto SC2 a la peticionaria, con la finalidad de que pueda permanecer de manera regular en el territorio nacional, mientras se profiere el fallo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia que, dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, si no lo ha hecho, expida un salvoconducto de permanencia SC2 a la señora Marie con la finalidad de que pueda permanecer en el territorio nacional, de manera regular, mientras que la Corte Constitucional profiere una decisión en el expediente de la referencia.
  2. Segundo. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia que se abstenga de iniciar o continuar cualquier trámite de tendiente a la deportación de la señora Marie mientras la Corte Constitucional profiere una decisión en el expediente de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.