A- de 2024
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Vladimir Fernandez Andrade
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Declarar infundado por causal de tener interés en la decisión
- Garantía de independencia e imparcialidad del funcionario judicial
- Alcance respecto a tener interés en la decisión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento formulado por el magistrado Vladimir Fernández Andrade.
El precitado togado manifestó estar incurso en la causal contenida en el artículo 126 de la Carta Política, así como, la prevista en el numeral 1 del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, debido a que los demandantes participaron en su proceso de elección como magistrado de la Corte Constitucional.
Por no suponer ningún beneficio, ni estar relacionado con su elección, concluyó la Sala Plena de la Corporación que el doctor Fernández no tiene ningún interés que comprometa su ponderación e imparcialidad en la resolución del presente caso, por lo que no se configuran las causales de impedimento invocadas.
Con base en lo anterior, se declaró INFUNDADA la manifestación de impedimento analizada en esta oportunidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Con fundamento en lo expuesto en esta providencia, DECLARAR INFUNDADO el impedimento manifestado por el Magistrado Vladimir Fernández Andrade dentro del expediente T-9.556.024.
- SEGUNDO. Contra esta decisión no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.