Micelio
Auto24 de octubre de 2018

A- de 2018

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Angel Maria Vargas Gomez Y Otros·Demandado Ministerio De Agricultura Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Aplicación del principio de la perpetuatio jurisdictionis
  • Factor territorial
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Mocoa y la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de este mismo departamento.

La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que hicieron las autoridades involucradas del factor territorial.

Considera la Corte que en virtud del principio de la perpetuatio jurisdictionis, en el momento en que el Juzgado Primero Administrativo de Mocoa avocó el conocimiento de la acción de tutela radicó sobre ella la competencia para pronunciarse de fondo, sin poder suspender el trámite que ya había iniciado.

Se dirime el asunto con la remisión del expediente al precitado despacho judicial, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo que corresponda.

Se le hace una advertencia a esta autoridad para que en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (18 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 29 de agosto de 2018 proferido por el Juzgado
  2. Primero. Administrativo de Mocoa, dentro de la accion de tutela formulada por el senor Angel Maria Vargas Gomez y otros, mediante apoderado judicial en contra del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Salud y Proteccion Social, el Fondo Ganadero del Putumayo en liquidacion, la Superintendencia de Sociedades y el Departamento del Putumayo.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC- 3469, que contiene la accion de tutela presentada por el senor Angel Maria Vargas Gomez y otros, mediante apoderado judicial, al Juzgado
  4. Primero. Administrativo de Mocoa, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  6. Primero. Administrativo de Mocoa, que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  7. Cuarto. Por Secretaria General, COMUNICAR al accionante, la Sala Unica del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa y al Juzgado
  8. Cuarto. Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogota, la decision adoptada en esta providencia.
  9. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  10. Presidente
  11. CARLOS BERNAL PULIDO LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
  12. Magistrado Magistrado
  13. ANTONIO JOSE LIZARAZO OCAMPO GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  14. Magistrado Magistrada
  15. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS CRISTINA PARDO SCHLESINGER Magistrado Magistrada
  16. ALBERTO ROJAS RIOS DIANA FAJARDO RIVERA
  17. Magistrado Magistrada
  18. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.