Micelio
Auto4 de mayo de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Maigual Getial Fidencio Hernando

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitudes de cumplimiento y de apertura de incidente de desacato de la Sentencia SU.245/21.

Varios memorialistas, de manera separada, denunciaron el incumplimiento del precitado fallo por parte de la Secretaría de Educación y Cultura del Departamento del Cauca.

Indicaron que presentaron peticiones a esa entidad para la inscripción o ascenso en el escalafón docente, lo cual fue negado con evasivas y sin justificación alguna.

Con base en lo anterior solicitaron a la Corte ordenar a dicha entidad cumplir con lo resuelto en la mencionada providencia, en tanto la misma tiene efectos inter cumunis y, en tal sentido, inscribirlos o ascenderlos en el escalafón docente, en virtud del Decreto 2277 de 1979.

Igualmente solicitaron, imponer las sanciones establecidas en los artículos 52 y 53 del Decreto 2591 de 1991.

Se RECHAZARON las pretensiones de los peticionarios y se ordenó el envío de sus escritos a la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado para que, en el ejercicio de su competencia y de considerarlo procedente, adopte las medidas necesarias en relación con el cumplimiento del fallo de unificación de la referencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR las solicitudes de cumplimiento y de apertura de incidente de desacato respecto de la Sentencia SU-245 de 2021, presentadas por Wilmer Javier Canacuán Perenguez, Yolanda Calambás Torres, Mery Hermidia Fernández Ramos, Carlos Fernando Mazabuel, Yohanna Galeano Triviño y Luz Stella Torres.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR las solicitudes mencionadas en el numeral anterior a la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado para que, en el ejercicio de su competencia y de considerarlo procedente, adopte las medidas necesarias en relación con el cumplimiento de la Sentencia SU-245 de 2021.
  3. TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, INFORMAR el contenido de esta providencia a las personas solicitantes.
  4. CUARTO. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.