Micelio
Auto5 de noviembre de 2019

A- de 2019

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Antonio De Jesus Martinez Hernandez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la sentencia T-685/15.

La Sala Plena constató que mediante Auto 291/16 la Corporación decidió idéntica petición.

En dicho proveído la Corporación declaró que los recurrentes fueron notificados por conducta concluyente y denegó la nulidad invocada, por no encontrar probada ninguna de las casuales formuladas.

En la actualidad considera la Corte que la actuación del peticionario constituye un claro abuso del derecho y que tampoco se cumplió con la regla de temporabilidad aplicable a este tipo de solicitudes.

Se RECHAZA el nuevo incidente de nulidad propuesto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR la nueva solicitud de nulidad de la sentencia T-685 de 2015, presentada por Antonio de Jesús Martínez Hernández, a través de su apoderado, Víctor Javier Mosquera Marín, por las razones anteriormente expuestas.
  2. Segundo. REMITIR copias de esta providencia al Consejo Superior de la Judicatura para lo de su competencia y, si lo considera pertinente, inicie las actuaciones a que haya lugar, respecto de las actuaciones del abogado Víctor Javier Mosquera Marín, bajo los términos de la Ley 1123 de 2007 artículos 4, 28-16 y 33-8.
  3. Tercero. NOTIFICAR esta providencia al solicitante e infórmesele que contra la presente decisión no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.