A- de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Nubia Ortega Arcos Y Otr5os·Demandado Presidente De La Republica Y Otros
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Teniendo en cuenta la necesidad de profundizar algunos aspectos técnicos importantes para decidir el presente caso y con el fin de analizar con mayor detalle los elementos de juicio que ya reposan en el expediente, la Sala Plena de la Corporación convoca con el presente auto a una sesión técnica virtual.
Lo anterior, en razón a la complejidad del caso y al interés nacional y la trascendencia que reviste el mismo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Por intermedio de la Secretaria General, INVITAR a la accionante Nubia Amparo Ortega Arcos (en representacion de los demandantes en el expediente T-7.987.084); al accionante Ricardo Palomino Ducuara (expediente T-7.987.142), al accionante Francisco Gamboa Hurtado (expediente T-8.009.306) y al accionante Emiro del Carmen Ropero Suarez (Expediente 8.143.584) asi como CONVOCAR y CITAR al Ministro de Hacienda y Credito Publico, al Alto Comisionado para la Paz, al Consejero Presidencial para la Estabilizacion y la Consolidacion, al director de la Agencia Nacional para la Reincorporacion y la Normalizacion, al director de la Unidad Nacional de Proteccion, al Presidente de la Jurisdiccion Especial para la Paz (JEP), al Representante Especial del Secretario General y Jefe de la Mision de Verificacion de las Naciones Unidas en Colombia, a la representacion de la Mision de Apoyo al Acuerdo de Paz de la OEA, a la representacion de las personas delegadas del componente Comunes ante la Comision de Seguimiento, Impulso y Verificacion a la Implementacion (CSIVI) y a la representacion del Instituto Kroc a la sesion tecnica virtual que se llevara a cabo el dia lunes trece (13) de septiembre de dos mil veintiuno (2021) a partir de las 8:00 a. m. Para asistir e intervenir en la sesion tecnica solo sera admisible la delegacion a los Viceministros. La accionante y los accionantes invitada/os asi como las autoridades convocadas deben permanecer hasta el final de la diligencia judicial en mencion.
- Segundo. SOLICITAR a los participantes citados a la sesion tecnica que remitan a la Secretaria General de la Corte Constitucional las respuestas a las preguntas formuladas, sus aportes y los estudios que consideren pertinentes, a mas tardar dentro de los 10 dias siguientes a la notificacion del presente proveido, los cuales se dejaran en la Secretaria General de la Corte Constitucional a disposicion de los interesados, durante los 3 dias siguientes al vencimiento del plazo.
- Tercero. ORDENAR al Jefe de Sistemas y al Jefe de Comunicaciones de la Corte Constitucional que dispongan lo necesario para la realizacion virtual de la sesion tecnica convocada en esta providencia a traves de la plataforma adecuada para el efecto.
- Cuarto. DISPONER que la moderacion de la sesion tecnica estara a cargo de la Secretaria General de la Corte Constitucional.
- Quinto. Proceda la Secretaria General de esta Corporacion a librar las comunicaciones correspondientes, para lo cual debera adjuntar copia de este proveido.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.