A- de 2018
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Maria Olimpia Leon Leon·Demandado Cafesalud E.P.S.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Obliga el grado jurisdiccional de consulta cuando se impone sanción por incumplir orden del juez de tutela
- Resolución por el superior funcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Quinto Penal para Adolescentes con Función de Conocimiento y Segundo Penal del Circuito Especializado de Bogotá.
La controversia se fundamentó en las diferentes interpretaciones que del factor funcional hicieron los despachos judiciales involucrados.
Considera la Corte que ninguno de ellos ostenta la calidad de superior funcional del Juzgado Veintitrés Penal Municipal con Función de l de Conocimiento de Bogotá y, que por tanto, no son competentes para conocer de la consulta derivada de la sanción por desacato interpuesta por dicha autoridad.
Partiendo del hecho de que la Oficina de Reparto incurrió en un error al momento repartir el expediente, la Sala dispone remitirle el mismo a esta Oficina para que de manera inmediata lo asigne entre los Juzgados Penales del Circuito de la Capital, para que decidan el grado jurisdiccional de consulta del desacato mencionado.
Se hace una advertencia a dicha Oficina para que en lo sucesivo decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de asignación de los asuntos de tutela, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REMITIR el expediente ICC-3397, que contiene la accion de tutela presentada por Maria Olimpia Leon Leon, a la Oficina Judicial de Reparto de Bogota para que, de manera inmediata se asigne entre los juzgados penales del circuito, para que se resuelva el grado jurisdiccional de consulta del incidente de desacato decidido por el Juzgado Veintitres Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Bogota.
- Segundo. ADVERTIR a la Oficina Judicial de Reparto de Bogota que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de asignacion de los asuntos de tutela, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a las partes y a los Juzgados
- Quinto. Penal para Adolescentes con Funcion de Conocimiento y
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Bogota la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.