A- de 2021
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Harold Eduardo Sua Montaño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance del criterio de pertinencia
- Rechazar por impertinente
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se resuelve la solicitud presentada por el ciudadano Harold Eduardo Sua Montaña respecto a la pretensión de apartar del asunto de la referencia al magistrado ponente, esto es, al doctor Antonio José Lizarazo Ocampo, entendiendo que, conforme a la Sentencia T-266/99, cualquier juez debe declararse impedido ante situaciones donde deba entrar a revisar su propia actuación.
La Corte atendió la anterior petición como una recusación y en ese sentido consideró que la misma es impertinente, porque no satisface el requisito formal de debida justificación, ni cumple con los requisitos materiales de procedencia.
Con base en lo anterior la Sala Plena de la Corporación RECHAZÓ por falta de pertinencia la recusación formulada contra el magistrado Lizarazo Ocampo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR, por falta de pertinencia, la recusacion formulada por el ciudadano Harold Sua Montana en contra del magistrado Antonio Jose Lizarazo Ocampo en relacion con la solicitud de nulidad del auto 045 de 2021.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.