A- de 2017
Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Demandante Agencia Nacional Minera Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rechazar por improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitudes de nulidad en contra de la Sentencia SU.133/17, interpuestas por la Agencia Nacional de Minería, Minerales Andinos de Occidente S.A., Asociación Colombiana de Minería y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Los peticionarios argumentaron que la precitada providencia omitió el análisis de asuntos de relevancia constitucional; desconoció el precedente constitucional sobre consulta previa y presentó una incongruencia entre sus partes motiva y resolutiva.
La Corte concluyó que las peticiones de nulidad no resultaban procedentes, entre otros motivos, porque la sentencia de unificación se profirió luego de haber sido declarada la nulidad del fallo T-438/15, mediante Auto 583/15 y permitir que mediante el incidente de nulidad se controviertan ad infinitum las decisiones proferidas por la Corporación, so pretexto de entrar a estudiar la corrección jurídica de sus providencia, desconocería los principios de seguridad jurídica, certeza en la aplicación del derecho y cosa juzgada.
Además, porque se desvirtuaron los tres cargos de nulidad formulados.
Se DENIEGAN.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR las solicitudes de nulidad presentadas en contra de la Sentencia SU-133 de 28 de febrero de 2017, proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- TERCERO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.