A- de 2018
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Ines Hortencia Arroyave Gomez Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se rechaza por improcedente y se remite a quien conoció de la acción de tutela en primera instancia
- Competencia excepcional para conocer solicitud de cumplimiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento de la Sentencia T-454/12.
Los memorialistas pidieron específicamente lo siguiente: i) que la Alcaldía de Villavicencio les diera las escrituras de propiedad de sus viviendas, en tanto el 18 de septiembre de 2015 solo se les dio un acta de entrega, un documento sobre sus características e informes de la garantía de las viviendas, sin que las mismas estuvieran terminadas totalmente; (ii) la realización de un proyecto de mejoramiento de vivienda que culmine las 20 casas entregadas; (iii) que la precitada Alcaldía entregue viviendas a las familias que también fueron censadas luego del desalojo del 27 de febrero de 2012; y (iv) que la Unidad para las Víctimas entregue las reparaciones integrales, con programas y proyectos que permitan la estabilización socio económica de las familias, y que se paguen las indemnizaciones administrativas, teniendo en cuenta el enfoque diferencial.
Por no existir prueba de que el juez de primera instancia haya tenido la oportunidad de ejercer sus competencias para lograr que las órdenes emitidas en la providencia de la referencia sean satisfechas, se RECHAZA por improcedente el requerimiento formulado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR POR IMPROCEDENTE la solicitud de cumplimiento de la sentencia T-454 de 2012, presentada el 28 de junio de 2018 por parte de Ines Hortencia Arroyave Gomez -y otras personas- ante la Corte Constitucional.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR la solicitud de cumplimiento y una copia de esta providencia al Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Villavicencio, con el fin que estudie esa peticion y -de considerarlo procedente- adopte las medidas necesarias en relacion con el cumplimiento de la Sentencia T-454 de 2012.
- TERCERO. Por intermedio de la Secretaria General de esta Corporacion, INFORMAR el contenido de esta providencia a Ines Hortencia Arroyave Gomez y los demas solicitantes.25
- CUARTO. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.