Micelio
Auto5 de octubre de 2016

A- de 2016

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Ignacio Jose Caldera Vergara·Demandado Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia A Prevención En Tutela
  • Fijada por la elección que el demandante haga entre diversos jueces competentes
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín y el Juzgado Segundo Administrativo oral del Circuito de Turbo (Antioquia).

La Corte reitera que el demandante puede presentar la acción de tutela ante los jueces, a prevención, para la protección de sus derechos fundamentales, lo que implica que pueda elegir entre el lugar donde ocurrió la vulneración, que no necesariamente coincide con el de su domicilio, y el lugar en el cual tiene efecto dicha vulneración.

Teniendo en cuenta que el actor decidió que su proceso se tramitara ante los jueces de Medellín, considera la Sala Plena que la autoridad que debe asumir el conocimiento de la acción de tutela, a prevención, es el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de dicha ciudad.

Se ordena remitir el expediente a esta autoridad judicial, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones asuma el conocimiento del mismo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS la decisión del siete de septiembre de 2016 adoptada por el Juzgado
  2. Cuarto. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín (Antioquia), mediante la cual resolvió que no era competente territorialmente para conocer la acción de tutela presentada por el señor Ignacio José Caldera Vergara.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC 2491 al Juzgado
  4. Cuarto. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín (Antioquia), para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
  5. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
  6. Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Turbo -Antioquia- y a las partes la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.