Micelio
Auto21 de agosto de 2019

A- de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Milton Andres Luna Marquez·Demandado Superintendencia Financiera De Colombia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Facatativá (Cundinamarca) y el Juzgado Cuarenta y Cuatro Civil del Circuito de Bogotá D.C. ).

La controversia entre los despachos judiciales involucrados se generó en torno a las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Teniendo en cuenta que ambos juzgados son competentes para tramitar la acción de tutela, la Corte decide asignar el trámite del proceso a la primera autoridad a la que se le repartió el asunto, esto es, al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Facatativá, para que de manera inmediata lo tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 5 de julio de 2019, proferido por el Juzgado
  2. Primero. Administrativo del Circuito de Facatativa (Cundinamarca), dentro de la accion de tutela formulada por el senor Milton Andres Luna Marquez contra la Superintendencia Financiera de Colombia y CREDICORP CAPITAL FIDUCIARIA S.A.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3710, al Juzgado
  4. Primero. Administrativo del Circuito de Facatativa (Cundinamarca) para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
  5. TERCERO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y al Juzgado Cuarenta y Cuatro Civil del Circuito de Bogota D.C. la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.