Micelio
Auto30 de julio de 2019

A- de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Desplazamiento Forzado
  • Solicitud de información al Gobierno Nacional, con relación al Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 modifica la fecha de entrega del informe anual 2019 que le corresponde presentar al Gobierno Nacional, sobre los resultados alcanzados en la superación del Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) declarado en materia de desplazamiento forzado.

Así mismo, le formula nuevos requerimientos y dispone que la respuesta a los mismos la incorporen al referido informe.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (10 puntos)
  1. Primero. MODIFICAR la fecha de entrega del informe anual 2019, la cual se extendera hasta el cuatro (4) de octubre de 2019, con el proposito de que el Gobierno Nacional responda a los requerimientos realizados en esta providencia.
  2. Segundo. SOLICITAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a la Ministra del Interior que, en coordinacion con el Ministro de Defensa Nacional, la directora del Departamento Nacional de Planeacion y los directores de la Unidad para las Victimas y la Unidad Nacional de Proteccion, responda los interrogantes formulados en los fundamentos juridicos 10, 12, 13 y 14 de esta providencia.
  3. Tercero. SOLICITAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a la directora del Departamento Nacional de Planeacion que, en coordinacion con el director de la Unidad para las Victimas, responda los interrogantes formulados en los fundamentos juridicos 30, 44, 45, y 56 de este auto.
  4. Cuarto. SOLICITAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a la directora del Departamento Nacional de Planeacion que, en coordinacion con el Ministro de Hacienda y Credito Publico y el director de la Unidad para las Victimas, responda los interrogantes formulados en los fundamentos juridicos 33 y 50 de este auto.
  5. Quinto. SOLICITAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a la directora del Departamento Nacional de Planeacion que, en coordinacion con el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio y el director de la Unidad para las Victimas, responda al interrogante formulado en el fundamento juridico 57 de esta providencia.
  6. Sexto. SOLICITAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a la directora del Departamento Nacional de Planeacion que, en coordinacion con los directores de la Unidad de Restitucion de Tierras y la Unidad para las Victimas, responda al interrogante formulado en el fundamento juridico 63 de esta providencia.
  7. Septimo. ORDENAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, al director de la Unidad para las Victimas que, una vez agotado el termino concedido en la orden primera, remita copias del informe anual 2019 a la Contraloria General de la Republica, la Procuraduria General de la Nacion y la Defensoria del Pueblo, la Comision de Seguimiento a la Politica Publica sobre Desplazamiento Forzado y al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR, e informen sobre las remisiones a la Sala Especial de Seguimiento.
  8. Octavo. SOLICITAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a la Contraloria General de la Republica, la Procuraduria General de la Nacion y la Defensoria del Pueblo, que una vez recibido el informe anual 2019 y en un plazo no superior a dos (2) meses, remitan a esta Sala Especial de Seguimiento un pronunciamiento respecto de dicho informe.
  9. Noveno. INVITAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a la Comision de Seguimiento a la Politica Publica sobre Desplazamiento Forzado y al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR, que una vez recibido el informe anual 2019 y en un plazo no superior a dos (2) meses, remitan a esta Sala Especial de Seguimiento un pronunciamiento respecto de dicho informe.
  10. Decimo. PONER A DISPOSICION, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, los informes allegados en cumplimiento de los Autos 634 y 700 de 2018, a la Ministra del Interior, por el termino de diez (10) dias a partir de la notificacion de esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.