Micelio
Auto9 de septiembre de 2015

A- de 2015

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Tribunal Administrativo De Cundinamarca, Seccion, Segunda, Subseccion C

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Aclaracion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia por presentación dentro del término de ejecutoria
  • Procedencia respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
Solicitud De Aclaración De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia excepcional del artículo 285 del Código General del Proceso
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se corrige el numeral tercero de la parte resolutiva de la sentencia T-137/14, en el sentido de indicar que la providencia del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho objeto de revisión, fue surtido en única instancia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CORREGIR el numeral
  2. tercero. de la parte resolutiva de la sentencia T-137 de 2014, el cual quedará de la siguiente forma: "
  3. TERCERO. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia proferida el día veintinueve (29) de julio de dos mil cinco (2005) por el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección "C", que negó en única instancia las pretensiones del señor Luis Antonio Ascencio dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho".
  4. SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaría General de esta Corporación comunicar al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Sub-Sección "C", y al señor Luis Antonio Ascencio, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.