A- de 2020
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Andres Gonzalez Becerra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda fue rechazada porque el escrito de corrección no satisfizo los requisitos señalados en el auto de inadmisión.
La Sala Plena de la Corporación decidió CONFIRMAR en su integridad la providencia cuestionada, tras corroborar que no se cumplió con la carga procesal de fundamentar en debida forma el cargo propuesto y, en consecuencia, las acusaciones formuladas no permitieron que se llevara a cabo el juicio de constitucionalidad en los términos que lo ha señalado la jurisprudencia de la Corporación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR en su integridad el Auto del 22 de septiembre de 2020, proferido por el magistrado sustanciador Richard S. Ramirez Grisales, mediante el cual se rechazo parcialmente la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por los senores Andres Gonzalez Becerra y Cesar Camilo Cermeno Cristancho (Exp. D-13806).
- SEGUNDO. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, comuniquese el contenido de esta decision a los demandantes, indicandoles que contra esta no procede recurso alguno.
- TERCERO. Ejecutoriada esta decision, archivese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.