Micelio
Auto10 de julio de 2019

A- de 2019

Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido

Demandante Pedro Gilberto Cadena·Demandado Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Controversia suscitada entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Mallamá (Nariño) y el Juzgado Civil del Circuito de Túquerres (Nariño).

En este caso se configuró un conflicto aparente de competencia, luego de que el Juzgado de Mallamá invocara las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1983 de 2017 para abstenerse de conocer la acción de amparo y emitir un pronunciamiento de fondo.

Esto, pese a que la Corte Constitucional en reiterada jurisprudencia ha establecido que las normas contenidas en dicha norma no pueden ser usadas por las autoridades judiciales para rechazar la competencia, en la medida en que corresponden a simples reglas administrativas destinadas al reparto de las acciones de tutela, que no cuentan con la capacidad de desplazar la competencia.

Teniendo en cuenta que ambos despachos son competentes para decidir la solicitud de amparo, la Corte dispone que sea el del municipio de Mallamá el que inicie el trámite correspondiente y profiera la decisión de fondo que a que haya lugar.

Se hace una serie de advertencias a las autoridades judiciales involucradas en el presente conflicto, para que en lo sucesivo se abstengan de actuar como lo hicieron en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 22 de mayo de 2019 por el Juzgado Promiscuo Municipal de Mallama (Narino), dentro de la accion de tutela presentada por Pedro Gilberto Cadena en contra de la Unidad para la Atencion y Reparacion de las Victimas.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3687 al Juzgado Promiscuo Municipal de Mallama (Narino), para que inicie el tramite y profiera decision de fondo respecto de la referida accion de tutela.
  3. Tercero. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Mallama (Narino) que, en lo sucesivo, se abstenga de promover conflictos de competencia con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 1983 de 2017, a fin de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. ADVERTIR al Juzgado Civil de Tuquerres (Narino), que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  5. Quinto. Por Secretaria General, COMUNICAR a la parte accionante y al Juzgado Civil de Tuquerres (Narino) la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.