Micelio
Auto22 de noviembre de 2010

A- de 2010

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Eudila Esther Tapia Ahumada

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de corrección de la sentencia T-603/10.

Luego de analizar los argumentos de los solicitantes la Sala Tercera de Revisión decidió CORREGIR el numeral segundo de la parte resolutiva del fallo de la referencia, de manera que se entienda que la institución que debe continuar con la prestación de los servicios de salud a los accionantes es el Instituto Colombiano de Neuropedagogía I.C.N.

Ltda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. Corregir el numeral
  2. segundo. de la parte resolutiva de la sentencia de tutela T- 603 de 2010, de manera que se entienda que la institucion que debe continuar con la prestacion de los servicios de salud a los accionantes es el Instituto Colombiano de Neuropedagogia I.C.N. Ltda.
  3. Segundo. En consecuencia, en lo sucesivo, el numeral 2deg de la parte resolutiva de la sentencia de tutela T- 603 de 2010 quedara asi:
  4. "
  5. Segundo. En consecuencia, ORDENAR a Salud Total EPS, que en el perentorio termino de setenta y dos (72) horas contado a partir de la notificacion de esta providencia: "continue prestando todos los servicios neurologicos requeridos por los accionantes, de manera inmediata y permanente en el Instituto Colombiano de Neuropedagogia I.C.N. Ltda.".
  6. Tercero. Comuniquese esta providencia al interesado.
  7. Copiese, adicionese a la sentencia de tutela T- 603 de 2010,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.