A- de 2017
Ponente Iván Humberto Escrucería Mayolo
✓Demandante Mauricio Mendoza Paez·Demandado Municipio De Barbosa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de Barbosa (Santander) y el Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Santa Marta.
La Corte considera que el despacho judicial de Barbosa desconoció las reglas que definen la competencia territorial, al no tener en cuenta que dicho municipio es el lugar donde se producen los efectos de la presunta vulneración y además, el lugar del domicilio del actor y el escogido por éste para interponer y recibir la notificación de la acción de tutela.
La Sala Plena decide respetar la elección del accionante y, en consecuencia, remitir el expediente al Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de Barbosa, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la solicitud de amparo formulada.
Se hace una advertencia a dicha autoridad, para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo en el presente asunto, en tanto ello se opone a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS la decisión del veintiocho (28) de marzo de 2017 adoptada por el Juzgado
- Tercero. Promiscuo Municipal de Barbosa (Santander), mediante la cual resolvió que no era competente para conocer la acción de tutela presentada por el señor Mauricio Mendoza Páez.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC 2913 al Juzgado
- Tercero. Promiscuo Municipal de Barbosa (Santander), para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento del asunto de la referencia.
- Tercero. PREVENIR al Juzgado
- Tercero. Promiscuo Municipal de Barbosa (Santander), para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo en el presente asunto, en tanto ello se opone a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Santa Marta (Magdalena) y a las partes, la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.