Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se LEVANTA la suspensión de términos en el proceso de la referencia, identificado con el número de expedientes acumulados D-12138 y D-12140 y correspondiente a las demandas formuladas contra varios artículos de la Ley 1819 de 2016.
Se dispone que, ejecutoriada esta decisión se contabilicen nuevamente los términos procesales, a partir de la etapa en la que encontraba al momento de la suspensión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos en el proceso de la referencia, identificado con el numero de los expedientes acumulados D-12138 y D-12140 correspondientes a las demandas formuladas contra los articulos 322, 323, 324, 325, 326, 327, 328, 329, 330, 331, 332, 333, 334 y 337 de la Ley 1819 de 2016. En consecuencia, ejecutoriada esta decision se contabilizaran nuevamente los terminos procesales en los que se encontraba al momento de la suspension.
- SEGUNDO. ORDENAR que la Secretaria General de la Corte notifique el presente proveido en el estado de esa dependencia y que, del mismo modo, se ponga en conocimiento de la ciudadania en la pagina Web de la Corte. Igualmente, COMUNICAR el contenido de esta decision al Presidente de la Republica, al Presidente del Congreso y al Procurador General de la Nacion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.