A- de 2017
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Uberley De Jesus Martinez David·Demandado Epm
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Apartadó y el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de la misma ciudad.
Considera la Sala Plena que en el presente caso no existe conflicto de competencia alguno, toda vez que el juzgado laboral mencionado basó su incompetencia en las normas del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social, cuando están son disposiciones que no definen la competencia en materia de tutela.
Se recuerda que los únicos conflictos de competencia que existen en dicha materia son los que se originan con ocasión de la aplicación o interpretación de los factores previstos en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al precitado despacho judicial, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la solicitud de amparo incoada.
Se previene a esta autoridad para que en lo sucesivo decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS, a fin de proteger los principios de informalidad, celeridad, eficacia, prevalencia de lo sustancial sobre las formas y acceso oportuno a la administración de justicia que rigen el trámite de la acción de tutela, el auto proferido el doce (12) de enero de 2017, por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Apartadó - Antioquia, mediante el cual rechazó la competencia para conocer de la tutela interpuesta por el señor Uberley De Jesús Martínez David.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente contentivo del ICC-2910 al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Apartadó - Antioquia, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
- TERCERO. PREVENIR al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Apartadó - Antioquia para que en lo sucesivo decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- CUARTO. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Apartadó - Antioquia, la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.