A- de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Marcos Franyd Szyler Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Principios de trascendencia, protección y convalidación
- Oportunidad y legitimación
- Concepto
- Rechazar por improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitudes de nulidad interpuestas en contra de los Autos 592/21 y 1148/21, presentadas por la apoderada del Departamento de Servicios Financieros del Estado de Florida (Estados Unidos).
En relación con la primera decisión la memorialista argumentó que no fue notificada, ni publicada en la página web de la Corporación, ni tampoco publicada en el estado en que le fue comunicada inicialmente.
Respecto al segundo auto la peticionaria adujo que era necesario anularlo para corregir los yerros del proceso relacionados con el supuesto incumplimiento de los lineamientos fijados por el Consejo Superior de la Judicatura para el expediente electrónico.
Luego de analizar los argumentos presentados para sustentar las nulidades invocadas, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZARLAS por ser improcedente, al no satisfacer los requisitos formales fijados para este tipo de pretensiones.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR por improcedente la solicitud de nulidad invocada contra el Auto 592 de 2021 por el Departamento de Servicios Financieros del Estado de Florida, por las razones expuestas en la presente decisión.
- SEGUNDO. RECHAZAR por improcedente la solicitud de nulidad contra el Auto 1148 del 2021 presentada por el Departamento de Servicios Financieros del Estado de Florida, por las razones expuestas en la presente decisión.
- TERCERO. Contra la presente decisión no procede ningún recurso.
- CUARTO. Solicitarle a la Secretaría General de este tribunal que expida las comunicaciones correspondientes por el medio más expedito y adjunte la copia integral de este proveído.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.