A- de 2015
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Flavio Eliecer Maya Escobar Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Convocar a audiencia pública para ampliar la discusión jurídica sobre las demandas de inconstitucionalidad contra el Acto Legislativo 2 de 2015
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se ordena citar a audiencia pública, Presentar resumen escrito de intervención, Publicar esta providencia en el sitio Web de la Corte Constitucional y disponer lo pertinente por la Jefatura de Prensa de esta Corporación para su transmisión por televisión abierta y videoconferencia por Internet
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. CITAR a audiencia pública el día miércoles nueve (09) de septiembre de dos mil quince (2015), a las ocho de la mañana (8:00 a.m.), en las instalaciones del Palacio de Justicia, Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia, a las personas, organizaciones y entidades relacionadas en la parte considerativa de este Auto.
- SEGUNDO. Cada uno de los expositores confirmados deberá presentar un resumen escrito de su intervención a la Secretaría General de esta Corporación a más tardar cinco (5) días antes de su intervención, o si lo prefieren remitirlo digitalmente al correo institucional juanjc@corteconstitucional.gov.co
- TERCERO. PONER A DISPOSICIÓN de los invitados, copia simple del auto admisorio, el auto de convocatoria y las demandas de inconstitucionalidad acumuladas.
- CUARTO. INFORMAR a la ciudadanía para que asista al desarrollo de la audiencia pública, mediante invitación pública en la página web de la Corte Constitucional, así como en la página oficial de la rama judicial.
- QUINTO. PUBLICAR esta providencia en el sitio Web de la Corte Constitucional y disponer lo pertinente por la Jefatura de Prensa de esta Corporación para su transmisión por televisión abierta y videoconferencia por Internet.
- SEXTO. Los ciudadanos interesados en asistir a la audiencia pública, deberán inscribirse en el teléfono 3506200, extensión 3721 o por vía electrónica al correo sandyyl@corteconstitucional.gov.co, el plazo máximo de registro es el
- primero. (01) de septiembre de dos mil quince (2015), con la advertencia de que debido a las restricciones de espacio los cupos son limitados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.