Micelio
Auto7 de noviembre de 2006

A- de 2006

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Gonzalez Villa Cielo·Demandado Artunduaga Sanchez Edgar

Tema · dato duro
Derecho Al Buen Nombre, La Honra, El Trabajo Y Al Debido Proceso De Alcaldesa De La Ciudad De Neiva Contra Quien En Columna De Opinion En Diario De La Ciudad Y Emisora Se Realizan Sendas Publicaciones Por Parte De Un Senador De La Republica. Declara La Nulidad De Lo Actuado Y Se Ordena La Remision Del Expediente A La Oficina Judicial De Neiva Para Su Reparto
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Senador
  • Competencia del Tribunal Superior, Administrativo y Consejo Seccional de la Judicatura
  • Nulidad de todo lo actuado y remisión de expediente a la Oficina Judicial para su reparto
Conflicto Negativo De Competencia
  • Competencia del Consejo Seccional de la Judicatura en acción de tutela formulada con anterioridad contra ciudadano en ejercicio del control político como Senador
Juez De Tutela
  • Falta de competencia genera nulidad absoluta insaneable
Solicitud De Rectificacion
  • No se requiere cuando información lesiva a la honra y buen nombre provenga de particulares
  • Requisito de procedibilidad de acción de tutela cuando se pretende la corrección de informaciones inexactas o erróneas divulgadas por medios de comunicación
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas dentro de la presente accion de tutela, desde el auto de admision de la demanda.
  2. SEGUNDO. REMITIR por Secretaria General de esta Corporacion, el expediente contentivo de la accion de tutela de la referencia, a la Oficina Judicial de Neiva, para que lo reparta entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Huila o el Consejo Seccional de la Judicatura del Huila, y se decida la accion de tutela instaurada por la senora Cielo Gonzalez Villa contra el ciudadano Edgar Artunduaga Sanchez.
  3. TERCERO. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista por el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
A. 191/06Derecho Al Debido Proceso Dentro Del Tramite De Proceso Disciplinario Por Denuncia Presentada Ante El Consejo Seccional De Ingenieria Por Ejercicio Ilegal De La Profesion De Ingenieria, En El Que El Juzgado Quinto Civil Del Circuito De Cucuta Concedio La Tutela Y El Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cucuta Revoco La Decision De Primera Instancia, Pretermitiendose La Distribucion De Competencias Del Decreto 1382 De 2000, Pues La Demanda Se Instauro Contra Una Autoridad Del Orden Nacional, Lo Que Impedia Al Juez Del Circuito Asumir En Primera Instancia El Estudio Del Caso. Declara La Nulidad De Todas Las Actuaciones Y Se Ordena Enviar El Expediente Al Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cucuta Para Que Rehaga El ProcedimientoA. 094/06Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Segundo Penal Municipal De Neiva Y El Consejo Seccional De La Judicatura Del Huila. Ordena Remitir El Expediente Al Consejo Seccional De La Judicatura Del Huila Sala Jurisdiccional DisciplinariaT-482/04Derecho Al Buen Nombre Y Trabajo De Vendedora De Chance. Solicitud Rectificacion De Informacion Cierta Y Real. Contrato De Carrotaje. Perjuicio Irremediable. Requisitos. Tutela Contra Particulares. Existencia De Otro Medio De Defensa Judicial. Negada.T-921/02Derecho Al Buen Nombre. Solicitud Rectificacion De Informacion Inexacta O Erronea Difundida Por Correo Electronico. Retiro Presidente De La Entidad. Investigacion Disciplinaria. Libertad De Expresion Y Prensa. Situacion De Indefension. Tutela Contra PartiA. 007/98Nulidad Por Falta De Notificacion.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.