Micelio
Auto13 de septiembre de 2010

A- de 2010

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Fermin Alirio Reyes Fernandez Vs Hospital Universitario De Sincelejo E.S.E.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Vicio de nulidad cuando autoridad judicial omite deber jurídico de vincular al proceso a una o varias partes con interés legitimo
  • Vinculación de oficio a quienes no fueron llamados durante el trámite de instancias a pesar de tener interés en el asunto
Accion De Tutela Contra Hospital Universitario De Sincelejo Ese
  • Devolución expediente a juzgado de primera instancia para que vincule a la sociedad Praxis Medica y emita fallo
Sala De Revision
  • No puede sanear nulidad ya que al no haber sido saneada oportunamente impide que se adelante segunda instancia a pesar de haber sido alegada en tiempo e impugnado el fallo de primera instancia
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Mediante el presente auto se decide anular el fallo proferido por el Juzgado Primeo Penal del Circuito de Sincelejo, en la acción de la referencia y se ordena vincular a la Sociedad PRAXIS MECA S.A.S. para que le permita ejercer el derecho de defensa, y luego se proceda a emitir fallo de primera instancia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. ANULAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Sincelejo del ocho (8) de abril de dos mil diez (2010).
  3. Segundo. ORDENAR la devolucion del expediente a dicho Juzgado, para que vincule a la sociedad PRAXIS MEDICA S.A.S. y le permita ejercer el derecho de defensa, de acuerdo a lo dispuesto en la parte motiva de esta providencia, y luego proceda a emitir fallo de primera instancia.
  4. Tercero. Una vez cumplido lo anterior, y si el fallo no fuere impugnado, o resuelta la impugnacion, regrese el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revision.
  5. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.