Auto1 de noviembre de 2006
A- de 2006
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Luis Ricardo Paredes Mansfield
✓
Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 12 De Octubre De 2006, Dictado Por El Magistrado Sustanciador Dr. Rodrigo Escobar Gil. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
- Existencia de cosa juzgada
Control De Constitucionalidad De Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
- Efectos de cosa juzgada absoluta
- Características
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- decision, se interpuso recurso de suplica, el cual fue resuelto por la Sala Plena de esta Corporacion mediante Auto del 24 de mayo de 2006, confirmando la providencia recurrida.
- 2.2.- En consecuencia, el Magistrado Sustanciador considero que, tal y como se senalo en la demanda presentada por el senor Diego Eduardo Lopez Medina, frente a Ley 579 de 2000 existe cosa juzgada absoluta, al haber sido "objeto de control previo, automatico e integral de constitucionalidad a traves de la sentencia C-1710 de 2000, pues asi lo ordena el articulo 241-10 de la Constitucion Politica en relacion con las leyes aprobatorias de un tratado internacional".
- 3.- El 20 de octubre de 2006, dentro del termino legal previsto, el demandante radico en la Secretaria General de la Corte, recurso de suplica en contra del Auto de rechazo del 12 de octubre de 2006.
- 3.1-A juicio del actor, los efectos de la Sentencia C-1710 de 2000, no pueden ser de cosa juzgada absoluta, puesto que la Corte Constitucional no tuvo la oportunidad de "conocer la resoluciones que adoptaria la CIAT luego de su aprobacion legislativa mediante la Ley 579 de mayo 8 de 2000", las cuales reforman sustancialmente el Tratado aprobado. Agrega que, al no haber sido perfeccionado tal instrumento internacional por parte del Gobierno Nacional, la Corte tiene aun la competencia de declarar su inexequibilidad.
- II. CONSIDERACIONES
- 1.- Mediante Sentencia C-1710 de 20001, la Corte Constitucional dispuso:
- "DECLARAR EXEQUIBLES "La Convencion entre los Estados Unidos de America y la Republica de Costa Rica para el establecimiento de una Comision Interamericana del Atun Tropical, hecha en Washington el treinta y uno (31) de mayo de 1949", y la Ley 579 del 8 de mayo de 2000 que la aprobo, a traves de la cual Colombia adhirio a la misma.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
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Marco Gerardo Monroy Cabra
Ponente
Alvaro Tafur Galvis
Magistrado
Clara Ines Vargas Hernandez
Magistrado
Humberto Antonio Sierra Porto
Magistrado
Jaime Araujo Rentería
Magistrado
Jaime Córdoba Triviño
Presidente
Manuel José Cepeda Espinosa
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Magistrado
Rodrigo Escobar Gil
Magistrado
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a14
A. 165/06Recurso De Suplica Contra El Auto Del 8 De Mayo De 2006 De Rechazo De La Demanda Contra La Ley 579 De 2000. Denegar El Recurso De SuplicaC-924/00Ley 566 De 2000. Convenio Entre Colombia Y La Federacion De Rusia Sobre Cooperacion Cultural Y Cientifica. Intercambio De Informacion. Proteccion De Bienes Y De Propiedad. Exequibles El Convenio Y La Ley.C-426/00Protocolo De 1992 Que Enmienda El Convenio Internacional Sobre La Constitucion De Un Fondo Internacional De Indemnizacion De Daños Debido A Contaminacion Por Hidrocarburos 1971C-1710/00Ley 579 De 2000. Convencion Entre Estados Unidos Y Costa Rica Para El Establecimiento De Una Comision Interamericana Del Atun Tropical. Adhesion De Colombia. Proteccion Del Medio Ambiente Y Recursos Naturales. Exequibles La Convencion Y La Ley.C-376/98Ley 410/97. Convenio Sobre Consultas Tripartitas Para Promover La Aplicacion De Las Normas Internacionales Del Trabajo. Exequibles.C-468/97Ley 347/97. Recomendaciones Sobre Trabajo Bienestar De La Gente De Mar Creditos Laborales Etc. Conferencia General De La O.I.T. Inexeq. E Inhibitoria.
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