Micelio
Auto16 de mayo de 2018

A- de 2018

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se LEVANTAN los términos de suspensión en el proceso de la referencia, correspondiente a la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra de la expresión “(…) podrá ser reelegido por una sola vez”, contenida en la Ley 99 de 1993, artículo 28.

Se dispone que, una vez ejecutoriada esta decisión se contabilicen nuevamente los términos, a partir de la instancia procesal en la que se encontraban al momento de la suspensión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. Levantar, a partir del dia siguiente de esta decision, la suspension de terminos en el proceso de la referencia, identificado con el numero de expediente D-12269 y correspondiente a la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Julio Cesar Uribe Acosta contra la expresion "(...) podra ser reelegido por una sola vez", contenida en la Ley 99 de 1993, articulo 28. En consecuencia, ejecutoriada esta decision se contabilizaran nuevamente los terminos procesales, a partir del momento en que se encontraban al momento de la suspension.
  2. SEGUNDO. Ordenar a la Secretaria General de esta Corporacion dar tramite a al numeral
  3. quinto. del Auto del veinticinco (25) de agosto de dos mil diecisiete (2017), mediante el cual se admitio la demanda de la referencia.
  4. TERCERO. Ordenar que la Secretaria General notifique el presente proveido en el estado de esa dependencia, y del mismo modo, se ponga en conocimiento de la ciudadania en la pagina web de la Corte Constitucional.
  5. Notifiquese, publiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela