Micelio
Auto30 de mayo de 2019

A- de 2019

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Ursula·Demandado Fiscalia General De La Nacion Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad Por Falta De Notificacion
  • Se declara la nulidad de todo lo actuado desde auto admisorio de la demanda y rehacer proceso efectuando debida vinculación
Nulidad Fallo De Tutela
  • Procedencia en revisión
Notificacion
  • Debe surtirse en debida forma y de manera eficaz
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Corte declara la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el proceso de tutela de la referencia, desde el auto admisorio de la demanda, salvo las pruebas aportadas por los sujetos demandados e intervinientes, las cuales pueden ser controvertidas por todas las partes en la contestación de la acción de tutela, para luego ser valoradas por los jueces de instancia.

Se ordena al Tribunal de primera instancia que, de manera preferente y expedita, reinicie el proceso, previa vinculación y notificación de los terceros interesados, en especial del ciudadano denunciado dentro de la causa penal objeto de controversia.

Se dispone que, una vez se surta el trámite en las instancias judiciales pertinentes, se remita inmediatamente el expediente a la Corte Constitucional, para que la Sala Segunda de Revisión reasuma su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DECRETAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el proceso de tutela de la referencia, desde el auto admisorio de la demanda proferido el 1º de agosto de 2018 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, salvo las pruebas aportadas por los sujetos demandados e intervinientes, las cuales podrán ser controvertidas por todas las partes en la contestación de la acción de tutela, para luego ser valoradas por los jueces de instancia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga que, de manera preferente y expedita, reinicie el proceso de tutela de la referencia, previa notificación y vinculación de los terceros interesados, en especial del ciudadano Florentino -denunciado dentro de la causa penal objeto de controversia-, para lo cual deberá establecer plenamente su identidad.
  3. TERCERO. Por Secretaría General, DEVUÉLVASE el expediente T-7.022.148 a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga para que actúe en los términos dispuestos en el numeral anterior.
  4. CUARTO. Surtido el trámite en las instancias judiciales, ADVERTIR al despacho que tenga a su cargo el expediente, que deberá remitirlo inmediatamente a la Corte Constitucional, a fin de que la Sala Segunda de Revisión reasuma su competencia.
  5. QUINTO. ORDENAR a la Secretaría General de la corporación que, tan pronto se cumpla lo ordenado en el numeral
  6. cuarto. de esta providencia, proceda a enviar el respectivo expediente a la Sala Segunda de Revisión, para que el magistrado sustanciador continúe con el trámite de revisión.
  7. SEXTO. Por Secretaría General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.