Micelio
Auto8 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Banda Torregroza Domingo·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el actor no presentó escrito de subsanación.

La Sala Plena de la Corporación consideró que el recurso interpuesto no cumplió con la carga argumentativa necesaria para que proceda.

En este aspecto se refirió que el demandante no controvirtió el hecho de la presentación extemporánea del escrito de subsanación, sino que dedicó su escrito a insistir en las razones planteadas en la demanda.

Por lo anterior, se RECHAZÓ el recurso impetrado.

Respecto al escrito de coadyuvancia que presentó otro ciudadano para respaldar la súplica del demandante, la Corte decidió rechazarlo también, por improcedente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR el recurso de súplica presentado por Domingo Banda Torregroza, dentro del expediente D-15.052, en contra del Auto del 27 de enero de 2023 proferido por el magistrado Alejandro Linares Cantillo.
  2. SEGUNDO. RECHAZAR, por improcedente, el escrito de coadyuvancia al recurso de súplica presentado por Germán Fernández Cabrera, dentro del expediente D-15.052.
  3. TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General, COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante, advirtiéndole que contra esta no procede recurso alguno. Asimismo, comunicar la decisión al señor Germán Fernández Cabrera.
  4. CUARTO. Una vez quede ejecutoriado el presente auto, ARCHIVAR el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.