A- de 2016
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Maria Carmenza Muñoz Criollo·Demandado Alcaldia Mayor De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre los Juzgados Quinto Penal Municipal con Función de Garantías, Sesenta y Dos Administrativo del Circuito y Cincuenta y Tres Administrativo del Circuito, todos de Bogotá, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
En el presente caso se tiene que la solicitud de amparo fue remitida en ocho oportunidades entre los mencionados juzgados administrativos y posteriormente enviada a la Corte Constitucional, por parte del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Para la Sala Plena resulta injustificada dicha situación, pues el rotar el expediente entre muchas autoridades judiciales sin tener certeza de que efectivamente la misma correspondiera a un grupo de demandas masivas o tutelatones, vulnera el efectivo acceso a la administración de justicia de la peticionaria.
En consecuencia, al no tener convicción sobre si la petición invocada cuenta con idénticas características a las que posiblemente los despachos administrativos han resuelto, considera la Corte que el amparo sea de conocimiento del Juzgado Quinto Penal Municipal, a prevención, por ser el primero a quien se le asignó el expediente.
Se ordena la remisión del asunto a este despacho judicial, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del 25 de febrero de 2016 del Juzgado 5o Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bogota, dentro de la accion de tutela de la senora Maria Carmenza Munoz Criollo en contra de Alcaldia Mayor de Bogota.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2395 al Juzgado 5o Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bogota, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corte, COMUNICAR al Juzgado Sesenta y dos (62) Administrativo del Circuito de Bogota, al Juzgado Cincuenta y Tres (53) Administrativo de Bogota - Seccion Segunda Oral y al Tribunal Administrativo de Cundinamarca Seccion Segunda - Subseccion "E", la decision adoptada en esta providencia, adjuntando copia de la misma.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.